Se trata de un impuesto obligatorio cuyo hecho imponible está constituido por la propiedad de bienes inmuebles o por la titularidad de derechos reales sobre estos bienes. Además, grava el valor de los inmuebles, coincidiendo con el valor catastral de los mismos, y se aplica un tipo de gravamen establecido por los Ayuntamientos dentro de unos límites máximos y mínimos establecidos por la ley.