Cuando hablamos de un piso ya usado o rehabilitado necesitamos la cédula de habitabilidad o primera ocupación. Con ella certificamos que la vivienda cumple los requisitos legales para ser habitada. Hay que tener en cuenta que este documento caduca cada 15 años, por lo que es recomendable comprobar que está en vigor.
Además, es necesario el título de la propiedad, el certificado de cargas y el plano del inmueble. Por otro lado, el vendedor deberá aportar los boletines de suministros de la vivienda, las garantías de la vivienda, los datos registrales, escritura de compraventa y el comprobante de pago del IBI.